Cada 22 de julio se conmemora el Día Internacional del Trabajo Doméstico, una fecha impulsada en 1983 durante el Segundo Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe, realizado en Lima (Perú), con el propósito de visibilizar el valor económico y social del trabajo doméstico y de cuidado, así como reivindicar los derechos de quienes desempeñan estas labores, históricamente asumidas de manera desproporcionada por las mujeres.
El trabajo doméstico y de cuidado comprende actividades esenciales para la sostenibilidad de la vida, como la limpieza del hogar, la preparación de alimentos, el lavado de ropa, el cuidado de niñas, niños, personas mayores, personas con discapacidad y demás integrantes del hogar. Estas tareas requieren tiempo, conocimientos, esfuerzo y responsabilidad, y permiten que millones de personas puedan estudiar, trabajar y participar en la vida económica y social. Por ello, el cuidado no solo constituye una actividad indispensable para el funcionamiento de los hogares, sino también un elemento fundamental para el desarrollo de la economía y el bienestar colectivo.
En Colombia, las cifras reflejan la persistencia de una distribución desigual de estas responsabilidades. De acuerdo con el informe Mujeres y hombres: brechas de género en Colombia, elaborado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) con base en la Encuesta Nacional de Uso del Tiempo (ENUT), las mujeres dedican en promedio 7horas y 35 minutos diarios al trabajo doméstico y de cuidado no remunerado, mientras que los hombres destinan 3 horas y 14 minutos. Esta diferencia evidencia que las labores de cuidado continúan recayendo principalmente sobre las mujeres, lo que limita sus oportunidades de acceso, permanencia y desarrollo en el mercado laboral, así como el ejercicio pleno de su autonomía económica.
Esta realidad también ha sido advertida por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En su informe Care work and care jobs for the future of work (2018), la organización señaló que el mundo enfrenta una creciente crisis de los cuidados, derivada del envejecimiento de la población, los cambios demográficos y la insuficiente oferta de servicios de cuidado. La OIT estima que diariamente se realizan 16.400 millones de horas de trabajo de cuidado no remunerado en el mundo, equivalente al trabajo de aproximadamente 2.000 millones de personas laborando ocho horas al día sin recibir remuneración. Asimismo, destaca que las mujeres realizan el 76,2 % de todas las horas de trabajo de cuidado no remunerado, dedicando más de tres veces el tiempo que los hombres a estas actividades.
El informe también advierte que la sobrecarga de cuidados constituye uno de los principales obstáculos para la participación de las mujeres en el mercado laboral. En 2018, 606 millones de mujeres en edad de trabajar manifestaron encontrarse fuera de la fuerza laboral debido a responsabilidades de cuidado no remunerado, frente a 41 millones de hombres, lo que demuestra que la desigual distribución de estas tareas continúa profundizando las brechas de género en el empleo, los ingresos y la protección social.
Frente a este panorama, la OIT ha insistido en la necesidad de adoptar políticas públicas dirigidas a reconocer, reducir y redistribuir el trabajo doméstico y de cuidado no remunerado, al tiempo que se garantizan condiciones de trabajo decente para quienes desarrollan estas actividades de manera remunerada. Esto implica ampliar la cobertura de servicios de cuidado, fortalecer los sistemas de protección social y promover la corresponsabilidad entre el Estado, los empleadores, las familias y la sociedad.
En el ámbito jurídico, Colombia ha avanzado en el reconocimiento de los derechos de las personas trabajadoras del servicio doméstico. La Ley 1595 de 2012 aprobó el Convenio 189 de la OIT sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, mediante el cual el Estado colombiano asumió el compromiso de garantizar condiciones de trabajo decente, igualdad de trato, protección frente a cualquier forma de abuso y acceso efectivo a la seguridad social. En consecuencia, las personas trabajadoras del servicio doméstico tienen derecho a salario, prestaciones sociales, vacaciones, afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral y demás garantías reconocidas por la legislación laboral.
De igual manera, Colombia fortaleció su compromiso con la igualdad mediante la aprobación del Convenio 156 de la OIT sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, a través de la Ley 2305 de 2023. Este instrumento reconoce que las responsabilidades familiares no pueden constituir un motivo de discriminación en el empleo ni una barrera para acceder, permanecer o progresar en el trabajo. Además, promueve la adopción de políticas que faciliten la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal, fomentando la corresponsabilidad entre mujeres y hombres en las labores de cuidado.
En desarrollo de estos compromisos internacionales, la Ley 2466 de 2025, por medio de la cual se expidió la reforma laboral, incorporó un enfoque transversal de igualdad, inclusión y no discriminación que fortalece la protección de las personas trabajadoras con responsabilidades familiares y de cuidado. La reforma reafirma la importancia de promover ambientes laborales respetuosos de la igualdad de oportunidades y avanzar hacia una organización del trabajo que facilite la conciliación entre la vida laboral y familiar, en concordancia con los principios del trabajo decente y con los estándares establecidos por los Convenios 156 y 189 de la OIT.
Asimismo, la Ley 2297 de 2023 reconoció el cuidado como un asunto de interés público y promovió medidas orientadas a fortalecer la corresponsabilidad en las labores de cuidado, reafirmando que esta no es una obligación exclusiva de las mujeres, sino una responsabilidad compartida entre las familias, el Estado, el sector privado y la sociedad.
La conmemoración del Día Internacional del Trabajo Doméstico constituye, por tanto, una oportunidad para reconocer el valor económico y social del trabajo doméstico y de cuidado, promover la formalización del empleo doméstico, garantizar condiciones de trabajo decente y avanzar hacia una distribución más equitativa de las responsabilidades familiares. Solo mediante el reconocimiento efectivo del cuidado como un derecho, un trabajo y una responsabilidad compartida será posible reducir las brechas de género, fortalecer la autonomía económica de las mujeres y construir una sociedad más justa e igualitaria.
